jueves, 28 de febrero de 2013

Novedades fiscales para el 2013

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF)

Régimen fiscal de las plusvalías



Dividendos:


Integración dentro de la base imponible del ahorro, tributando en función de los siguientes tramos, en los períodos impositivos 2012 y 2013.


Se establece una exención de gravamen de hasta 1.500 €, anuales, por el conjunto de dividendos percibidos en el ejercicio. Dicha exención no es de aplicación sobre los dividendos distribuidos por IIC, ni a los procedentes de valores o participaciones adquiridas dentro de los dos meses anteriores a la fecha en que aquéllos se hubieran satisfecho cuando, con posterioridad a esta fecha, dentro del mismo plazo, se produzca una transmisión de valores homogéneos.

Deducción por inversión en vivienda habitual



Cuenta ahorro vivienda




Indemnizaciones o retribuciones elevadas




Aportaciones de la empresa a planes de pensiones o seguros


Las cantidades superiores a 100.000 € por contribuyente respecto del mismo empresario: Tributan al marginal del IRPF.

No tributan las aportaciones realizadas en exceso:
Los seguros colectivos contratados a consecuencia de despidos colectivos (Art.51 Estatuto de los Trabajadores).
Seguros colectivos contratados antes del 1 de diciembre de 2012, en los que figuren primas de importe determinado no superior a 100.000 €.
Alquiler de vivienda como retribución en especie






¿Quién puede seguir beneficiándose de la ventaja fiscal?
Cuando la entidad empleadora viniera satisfaciendo los rendimientos del trabajo en especie con anterioridad al 4 de octubre de 2012.
A partir del 1 de enero de 2013 se exige para poder continuar aplicando la ventaja fiscal que la vivienda sea propiedad del pagador.

Loterías




Cuentas en el extranjero


A partir del 1 de enero de 2013 habrá obligación de informar a la Administración Tributaria sobre los bienes situados en el extranjero: cuentas en entidades financieras, bienes inmuebles, valores, derechos, seguros y rentas depositados, gestionados u obtenidos fuera de España. (Mod.720)



Impuesto sobre el Patrimonio


Se prorroga hasta el 1 de enero de 2014.


Se eleva el límite de la exención de la vivienda habitual hasta un importe máximo de 300.000 euros.



Impuesto sobre Sociedades

No deducibilidad de las indemnizaciones elevadas: Las indemnizaciones que superen cierta cantidad (1.000.000€), en sintonía con la modificación en el IRPF se consideraran gastos no deducibles.

Deducibilidad fiscal de amortizaciones: Durante los ejercicios 2013 y 2014, se limitará para las grandes empresas la deducibilidad fiscal de las amortizaciones.

Tipo de gravamen reducido por creación de empleo: Se prorroga a 2013 la aplicación de un tipo de gravamen reducido en el IS por creación o mantenimiento de empleo por las microempresas.

Impuesto sobre la Renta de No Residentes

Loterías




Gravamen especial sobre inmuebles


Gravamen exclusivo para entidades residentes en paraíso fiscal.


Planes de pensiones

A partir del 1 de enero de 2013, se podrán rescatar los planes de pensiones por jubilación:
En aquellos supuestos en los que no sea posible el acceso de un partícipe a la jubilación, la contingencia se entenderá producida cuando éste cumpla los 65 años de edad.
El supuesto de pago de la prestación correspondiente a la jubilación en caso de ERE (en caso de estar previsto en las especificaciones del plan) se modifica, abarcando todos los supuestos que determinen la situación legal de desempleo del partícipe de acuerdo al Estatuto de los Trabajadores.

Fuente : rankia.com

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